1. Que BSALE COLOMBIA es una sociedad comercial debidamente constituida conforme a la legislación peruana y con plena capacidad para celebrar el presente Contrato y que quien en este caso la representa tiene todas las facultades legales y estatutarias para convenir y suscribirlo.
2. Que ____________________El Cliente_______________________ es una sociedad comercial debidamente constituida conforme a la legislación peruana y con plena capacidad para celebrar el presente Contrato y que quien en este caso la representa tiene todas las facultades legales y estatutarias para firmarlo.
3. Que BSALE COLOMBIA tiene la capacidad profesional, la autonomía económica, administrativa y técnica, así como el conocimiento de la industria de la computación, tecnología e informática, para ejecutar los servicios materia del presente contrato.
4. Que BSALE COLOMBIA dispone de los medios directos o indirectos para desarrollar los servicios que por este instrumento ofrece.
5. Que BSALE COLOMBIA presta un servicio informático que consiste en un sistema de venta denominado _______Bsale_______, basado en una plataforma web
Mediante el presente instrumento, “EL CLIENTE” contrata a “BSALE COLOMBIA” el servicio de arriendo del sistema ______Bsale______. Este servicio en línea, en adelante “EL SISTEMA”, comprende la utilización de la aplicación a través del portal web.
En la prestación del servicio objeto del presente contrato, “BSALE COLOMBIA”, se obliga a: 1. La activación y puesta en marcha de “EL SISTEMA” en infraestructura de “BSALE COLOMBIA” 2. Efectuar las actividades requeridas para asegurar la continuidad operacional de “EL SISTEMA”, con un nivel de servicio de un 97%. No obstante lo anterior, el servicio podrá ser interrumpido por “BSALE COLOMBIA” cuando sea necesario, por razones técnicas o de mantenimiento. Dichas interrupciones no serán consideradas para efectos del porcentaje antes indicado. En estos casos los trabajos serán efectuados, preferentemente, en horarios inhábiles, y serán notificados con 2 días de anticipación, a menos que la entidad de la situación amerite su ejecución inmediata. Se exceptúa de estas notificaciones los trabajos que hayan sido originados por circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor. 3. Proveer respaldo diario de la información ingresada a “EL SISTEMA”, respaldo que podrá ser solicitado por “EL CLIENTE”, y podrá ser descargado por el cliente desde la aplicación en Excel. 4. Entregar asistencia para la resolución de dudas y consultas relacionadas con la operación de “EL SISTEMA”. Los horarios de atención de soporte son de lunes a viernes de 9:00 am a 19:00 hrs. 5. Mantener una actualización continua a nuevas versiones del “EL SISTEMA”. 6. Mantener información relativa al cliente, por un período de 5 años, contado desde la fecha de contratación del servicio, mientras lo mantenga contratado. "BSALE COLOMBIA" no hace visitas a terreno.
El servicio contratado mediante el presente instrumento, consiste en el denominado “Servicio Plan __________________”, el cual tiene un precio de ______ USD mensuales según cotización enviada por ejecutivo comercial donde se especifica el detalle de los cobros. Este servicio deberá ser pagado de forma anticipada dentro de los 15 primeros días, contados desde la fecha de emisión de la factura por parte de “BSALE COLOMBIA” En caso de que “EL CLIENTE” retarde el pago del servicio, por un periodo superior a 30 días calendario, contado desde la fecha de emisión de la factura, “BSALE COLOMBIA” quedará con la facultad para suspender el servicio al “EL CLIENTE”, hasta que este pague lo adeudado. El costo de reposición del servicio es de 12 USD. La factura inicial debe ser pagada el día de emisión.
El presente contrato comenzará a regir a partir del día ____ de _______________ de ______ y tendrá una duración de un mes, con una renovación automática, a menos que una de las partes notifique mediante un correo electrónico a administracion@bsale.com.co de su intención de no renovar el presente contrato, comunicado que deberá hacerse con una anticipación de 30 días hábiles. Para dar de baja del servicio todas las facturas deben encontrarse pagadas.
“BSALE COLOMBIA” no tendrá responsabilidad alguna por los daños y perjuicios de cualquier naturaleza, sean directos o indirectos, previstos
o imprevistos, que puedan deberse a la creación, transmisión, difusión, recepción, obtención y puesta a disposición, de los contenidos a los que
“EL CLIENTE” pueda acceder a través del servicio brindado por “BSALE COLOMBIA”, y en particular por los daños o perjuicios que puedan
provenir de:
1. Cualquier menos cabo, daño u otro deterioro que sufra la información que se suministra a través de “EL SISTEMA”, por acción de hackers,
piratas informáticos o cualquier interrupción, suspensión o imperfecto de la propia red de internet. 2. Caída del sistema ocasionada por fuerza
mayor, caso fortuito, hecho de la naturaleza, actos terroristas, incendios, y por cualquier causa no imputable a “BSALE COLOMBIA” 3.
Problema de conexión a internet. 4. Mal uso del sistema por parte de “EL CLIENTE”. 5. Errores en los datos por parte de “EL CLIENTE”. 6.
Fallas y virus en el computador de “EL CLIENTE”. Adicionalmente las partes acuerdan limitar la responsabilidad de “BSALE COLOMBIA”
hasta el monto máximo de 50 dólares? monto en que además avalúan de común acuerdo los perjuicios que un eventual incumplimiento podría
causar a “EL CLIENTE”. El cliente tiene un máximo de 30 días para comenzar a utilizar el sistema. Luego de ese período deberá cancelar la
mensualidad del plan contratado.
“BSALE COLOMBIA” será dueña de todos los programas fuentes y ejecutables que formen parte de las soluciones, diseños y desarrollen los consultores o sus subcontratistas, en relación al sistema, durante el transcurso de los servicios y que fueron canceladas por “EL CLIENTE”. A mayor abundamiento este último renuncia a toda pretensión en dichos bienes.
Toda la información que registre a través de “EL SISTEMA” será almacenada y tratada en forma estrictamente confidencial. En ningún caso “BSALE COLOMBIA” se servirá de sus datos personales con ningún fin. “BSALE COLOMBIA” no compartirá, publicará, venderá o transará el contenido creado por “EL CLIENTE” o sus usuarios, a menos que el usuario creador de dicho contenido haya proporcionado permiso explícito por escrito a “BSALE COLOMBIA”, o que sea requerido por la autoridad legal o por los Tribunales de Justicia, en cuyo caso “BSALE COLOMBIA” notificará por escrito a “EL CLIENTE” de la solicitud del tribunal pertinente, en cuanto le sea lícito. "EL CLIENTE" autoriza a enviar el certificado digital al siguiente email: emontero@imaginex.cl
“EL CLIENTE” es responsable de mantener la confidencialidad y calidad de las contraseñas que utiliza para acceder al servicio. “BSALE COLOMBIA” no se hace responsable por accesos indebidos a una cuenta producto del uso indebido de las contraseñas, así como de problemas derivados de elegir una contraseña demasiado predecible.
Todas las diferencias, dificultades o conflictos que se susciten entre las partes por cualquier motivo y bajo cualquier circunstancia, relacionadas directa o indirectamente con este contrato o con cualquiera de sus cláusulas y, en especial, pero sin que esta enumeración sea limitativa, las que digan relación con sus efectos, vigencia, aplicación interpretación, cumplimiento, incumplimiento, validez o invalidez, nulidad o resolución, existencia o inexistencia del mismo, serán sometidas al conocimiento y decisión de un árbitro arbitrador, quien decidirá la controversia en única instancia, sin ulterior recurso, salvo el de queja. La designación del árbitro la harán las partes de común acuerdo. A falta de acuerdo respecto de la persona que actuará como árbitro, la designación será efectuada por la Cámara de Comercio, a la que las partes confieren para este efecto mandato especial irrevocable, para que, a solicitud escrita de cualquiera de ellas, designe de entre los integrantes del cuerpo arbitral del Centro de Arbitrajes de la Cámara de Comercio. El solo hecho que cualquiera de las partes recurra a la Cámara de Comercio para el nombramiento del árbitro implicará la inexistencia de acuerdo entre ellas para designar el árbitro.
Las partes fijan su domicilio en la ciudad de Lima para todos los efectos emanados del presente contrato.
“BSALE COLOMBIA”, no se responsabiliza ni tiene injerencia sobre el mal uso de los servicios contratados en lo que dice relación con los contenidos de la información que pasa a través de sus sistemas o se almacena en ellos.
Toda modificación o enmienda al presente contrato y sus anexos, deberá efectuarse por escrito y ser firmada por los representantes de las partes debidamente autorizados.
El presente contrato se firma en dos ejemplares, declarando el “EL CLIENTE” haber recibido un ejemplar de él, y que este es el fiel reflejo de la relación comercial que existirá entre las partes.